Diferencia entre revisiones de «Ataque a Objetivo Ilícito de Guerra»
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+ | * ''Ataque a infraestructura y/o [[bienes civiles]]'': es el ataque a infraestructura y/o bienes que no pueden ser considerados como objetivo militar, es decir, zonas neutrales, sanitaria, establecimientos o unidades sanitarias fijas o móviles, cuya finalidad no es favorecer la conducción de hostilidades, sino brindar asistencia y ayuda humanitaria en medio del conflicto.(CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 25) | ||
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+ | * ''Ataque a bienes culturales y religiosos'': es todo ataque a bienes u obras de interés artístico, histórico y arqueológico, que hacen parte del partrimonio cultural, espiritual o religioso de los pueblos y enmarcan las creencias y tradiciones que forjan la cultura de cada pueblo. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 25) | ||
− | + | * ''Ataque a infraestructura vial'': es el ataque a la estructura vial, por ejemplo: puentes, carreteras, túneles, viaductos, etc., que sirven para la comunicación de la comunidad y no pueden considerarse objetivo militar, debido a que su destrucción afecta, solamente, a la soceidad y no a los actores del conflicto. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 26) | |
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− | + | * ''Ataque a bienes indispensables para la supervivencia de la población civil'': es el ataque a cultivos de alimentos, ganado, represas, fuentes de energía eléctrica o de agua, acueducto, alcantarrillado, entre otros; los cuales son considerados como bienes necesarios e imprescindibles para el desarrollo de la población civil en un lugar determinado. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 25) | |
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Revisión del 12:20 26 jul 2010
Un ataque a un objetivo ilícito de guerra, en el contexto del sistema de categorías del módulo de eventos de conflicto del SIDIH, incluye las siguientes categorías de ataques:
- Ataque a misión médica: es todo ataque a una organización civil, militar, nacional e internacional, que tenga como finalidad de brindar asistencia médica en lugares donde hay conflicto. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 24)
La finalidad de la misión debe ser: auxiliar, diagnosticar, curar o socorrer a heridos o enfermos, y a sean civiles o militares, que se encuentran en el lugar del conflicto; y puede ser catalogada como tal: unidad médica, sanitaria, de primeros auxilios, de socorro a enfermos y heridos, o a los almacenes de depósitos de materia sanitario o farmacúetico, o a centros de transfusión de sangre. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 24)
- Ataque a misión humanitaria: es todo ataque al personal que conduce la asistencia humanitaria, que tiene como finalidad auxiliar y proteger a personas protegidas por el Derecho Internacional Humanitario a través del dialogo con los actores del conflicto. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 24)
- Ataque a misión religiosa: es todo ataque, al personal espiritual y religioso, que se encuentra en el lugar del conflicto, con el fin de brindar apoyo de dicha índole.(CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 24)
- Ataque a infraestructura y/o bienes civiles: es el ataque a infraestructura y/o bienes que no pueden ser considerados como objetivo militar, es decir, zonas neutrales, sanitaria, establecimientos o unidades sanitarias fijas o móviles, cuya finalidad no es favorecer la conducción de hostilidades, sino brindar asistencia y ayuda humanitaria en medio del conflicto.(CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 25)
- Ataque a bienes culturales y religiosos: es todo ataque a bienes u obras de interés artístico, histórico y arqueológico, que hacen parte del partrimonio cultural, espiritual o religioso de los pueblos y enmarcan las creencias y tradiciones que forjan la cultura de cada pueblo. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 25)
- Ataque a infraestructura vial: es el ataque a la estructura vial, por ejemplo: puentes, carreteras, túneles, viaductos, etc., que sirven para la comunicación de la comunidad y no pueden considerarse objetivo militar, debido a que su destrucción afecta, solamente, a la soceidad y no a los actores del conflicto. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 26)
- Ataque a bienes indispensables para la supervivencia de la población civil: es el ataque a cultivos de alimentos, ganado, represas, fuentes de energía eléctrica o de agua, acueducto, alcantarrillado, entre otros; los cuales son considerados como bienes necesarios e imprescindibles para el desarrollo de la población civil en un lugar determinado. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 25)