Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario
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El Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, en cabeza del Vicepresidente de la República, es el ente asesor gubernamental en las políticas sobre derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario.
Se creó en noviembre de 1987, bajo el nombre de Consejería para la Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos, por medio del Decreto 2111 de 1987, en el cual se explican las funciones del consejero, creación de cargos para 4 asesores y conformación del equipo de apoyo, del que hacen parte los Ministros de Gobierno, Relaciones Exteriores, Justicia, Defensa Nacional y de Comunicaciones, el Procurador General de la Nación y el Director General de Instrucción Criminal. Nace fundamentalmente por la necesidad de crear conciencia de la importancia que tienen para la vida democrática y el Estado de Derecho, la vigencia, respeto y la comprensión de los derechos humanos.
El marco legal que soporta al Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, está encabezado por 10 artículos de la Constitución Política de Colombia, los cuales consideran, entre otros temas, el derecho a la libertad de expresión y a la educación y el respeto de Colombia a los tratados internacionales sobre derechos humanos.
Decretos y directivas presidenciales también hacen parte del soporte jurídico del Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH, siendo el más importante el Decreto 519 del 5 de marzo de 2003 por el que se suprimen, se transforman y se crean unas consejerías y Programas Presidenciales. El Decreto establece que este Programa ejercerá sus funciones bajo la supervisión inmediata del Vicepresidente de la República y son sus funciones, entre otras, “asistir al Presidente de la República en la promoción y coordinación de las acciones dirigidas a garantizar la adecuada protección de los derechos humanos y de la aplicación del Derecho Internacional Humanitario; sugerir al Gobierno nacional las medidas que pueden tomarse, para garantizar en el país el respeto y debida protección de los derechos humanos y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario previo análisis y evaluación de la situación general en la materia”.
Según este Decreto, corresponde al Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH, realizar estudios y análisis sobre la situación de derechos humanos y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario; coordinar la elaboración del informe anual sobre derechos humanos; colaborar en la lucha contra las minas antipersonal; promover las acciones necesarias por parte de las autoridades para evitar situaciones que puedan dar lugar a violaciones de los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario; coordinar, promover, impulsar, participar y hacer seguimiento de las tareas que en materia de derechos humanos y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario realizan y deben realizar los distintos despachos gubernamentales de acuerdo con la política formulada por el Gobierno, en la materia; solicitar informes, en cuanto no se trate de documentos reservados, de las denuncias que se formulen ante cualquier organismo público o privado sobre violaciones a los derechos humanos y tomar las medidas y realizar las gestiones, dentro de su competencia, para combatir la impunidad en este tipo de casos.
Es deber del Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, recibir, dar traslado y hacer seguimiento a las quejas y reclamos presentados por los ciudadanos en relación con el cumplimiento, protección, garantía y efectividad de los derechos humanos fundamentales por parte de los diferentes organismos de la administración pública; establecer contactos, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, con los organismos internacionales, ONG, nacionales y extranjeras que se ocupen del tema de derechos humanos y DIH; en materia de relaciones internacionales, el Programa también debe dar a conocer y promover el análisis y la búsqueda de aplicación de recomendaciones en materia de derechos humanos que realizan organismos internacionales y elaborar informes dirigidos a éstos organismos, encaminados a que tengan noticia de la situación de derechos humanos en Colombia y las labores adelantadas por el Gobierno y el Estado en la materia.
El Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario participa en las reuniones y tareas del Comité Intersectorial Permanente para la Coordinación y Seguimiento de la Política Nacional en Materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario; además, hace seguimiento al Plan Nacional de Acción en la materia; y promueve la cooperación entre el Estado, el Gobierno, los entes territoriales y la sociedad civil para la promoción y el respeto de los derechos humanos y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario.