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Poder protector

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Un poder protector es un estado que de alguna manera protege a otro estado, y/o representa a los intereses de los ciudadanos del estado protegido en un tercer estado.

En el uso diplomático, el termino poder protector hace referencia a la relación que puede ocurrir cuando un estado soberano no tiene relaciones diplomáticas con otro. Alguno de los paises puede solicitar a una tercera parte (con cual los dos mantienen relaciones diplomáticas) actuar como el poder protector, ofreciendo sus "buenos oficios". En el territorio del estado anfitrión, el poder protector será reconocido por ese estado como empoderado representar al otro y proteger a sus intereses. Esto puede extender a cuidado para la propiedad diplomática del estado protegido y actuar como oficiales de consulado por parte de sus ciudadanos. La relación y el estátus legal están reconocidas en convenciones internacionales sobre asuntos consulares tales como las Convenciones de Viena.

Diplomacia

La práctica se utiliza cuando dos países han roto o suspendido sus relaciones diplomáticas de manera formal por cualquier motivo (o nunca los tuvo), incluyendo disputas territoriales o militares, y sin embargo quieren mantener alguna forma de comunicación o medio de llevar a cabo asuntos necesarios. Efectivamente, es un medio de mantener a las relaciones diplomáticas incluso cuando esas relaciones han sido rotas. No es inusual para que el poder protector retiene el uso de su representación diplomática antigua en cuanto a edificios (aunque "agregado" a o reconocido como una sección de la embajada del poder protector), y nombrar diplomáticos al estado anfitrión (nuevamente, como miembros de la "Sección de Intereses" del poder protector en la misión diplomática de ese país). El anfitrión puede imponer restriccioens mucho más sustanciales sobre la capacidad del poder protector nombrar personal o en otros asuntos, sin embargo, el costumbre sería esto en las relaciones diplomáticas normales.

No existe un requerimiento que el poder protector sea de un tamaño particular o que mantiene neutralidad formal, si no que el poder protector tenga relaciones diplomáticas con ambos estados. El anfitrión debe otorgar o aceptar la presunción de protección. Las responsabilidades y arreglos específicos están acordados entre el poder protector y el poder protegido.

En la práctica, el "poder protector" puede estar capaz de llevar a cabo relaciones diplomáticas y otras relaciones sustanciales con el anfitrión, a pesar de la falta de relaciones formales. Por ejemplo, Cuba y los Estados Unidos no tienen relaciones diplomáticas formales, pero ambos mantienen presencias diplomáticas sustanciales en el país del otro. Suiza es el poder protector para los Estados Unidos en Cuba, y para Cuba en los Estados Unidos (anotar que Cuba tiene una representación diplomática aparte en Nueva York para su Misión Permanente a las Naciones Unidas). Formalmente, la representación estadounidense en Cuba se conoce como la Sección de Intereses de los Estados Unidos en La Habana de la Embajada Suiza a Cuba; en la práctica, ha sido manejado por personal diplomática estadounidense, y efectivamente ocupa los edificios antiguos de la ex-Embajada Estadounidense.

Suiza como poder protector

Suiza tiene una historia larga de servir como un poder protector en muchos conflictos. Particularmente asumió este papel durante la Segunda Guerra Mundial, representando multiples estados beligerantes. En un punto, Suiza representó a los intereses de 35 estados en las capitales enemigas, incluyendo los Aliados en las capitales del Eje y el Eje en las capitales Aliados simultaneamente, manejando aproximadamente 200 mandatos. Los Suizos cubrió temas desde la repatriación de prisioneros de guerra, el bienestar de Rudolph Hess y la rendición de Japón.<ref>Probst, R. (1989). "Good Offices" in the Light of Swiss International Practice and Experience. Martinus Nijhoff Publishers. ISBN 978-0792301417</ref>

Suiza en el momento tiene tan solo cuatro mandatos de poder protector --- representar a los gobiernos de Cuba y los Estados Unidos y representar a los Estados Unidos en Iran.<ref>Iran Foreign Entry Requirements, A Briggs</ref> y representar Iran en Egipto.

Convenciones de Ginebra

Referencias

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Enlaces Externos