Consejo de Ministros
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Un Consejo de Ministros o gabinete es, en un sentido institucional, parte del poder ejecutivo de un gobierno, y designa al conjunto de los ministros y su presidente, o primer ministro, que componen el poder ejecutivo de un Estado y funciona como órgano colegiado. Sin embargo, la composición y funciones del gabinete es distinta en cada país.
La palabra gabinete, aparte del Consejo de Ministros, también puede designar a otras entidades políticas o administrativas.
En Colombia
El Consejo de Ministros en Colombia son de departamentos de gobierno que tienen como objetivos primordiales contribuir y promover el desarrollo sostenible de la sociedad colombiana a través de la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, desarrollo territorial y urbano, así como en materia habitacional integral.
Los ministros son los encargados de ayudar al Presidente de la República a mejorar su labor como mandatario de los colombianos.
Requisitos
Para ser ministro se requiere ser ciudadano colombiano, mayor de 25 años y no tener inhabilidades ni incompatibilidades para con el cargo.
Ministros
En el gabinete de gobierno de Colombia existen 13 Ministerios:
- Ministerio del Interior y de Justicia
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Ministerio de Defensa Nacional
- Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
- Ministerio de la Protección Social
- Ministerio de Minas y Energía
- Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
- Ministerio de Educación Nacional
- Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
- Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
- Ministerio de Transporte
- Ministerio de Cultura
El orden es establecido por tres razones:
- Protocolaria: En ese orden hablarán en los actos publicos.
- Formal: En ese orden seran firmados sus decretos por el Presidente.
- Delegación: En ese orden se define quién reemplaza al Presidente de la República en sus viajes al extranjero, con la salvedad de que el Ministro Delegatario debe pertenecer al mismo partido político que el Presidente según el artículo 196 de la Constitución Política Nacional.
Historia
Las antiguas secretarias presidenciales se transformaron en ministerios por la Constitución Política de 1886 en el título XII "De los Ministros de Despacho". Posteriormente la Ley 7 del 25 de agosto de 1886, aprobada por Rafael Núñez reglamentó la conformación de dichas entidades, que en ese entonces solamente eran cinco: Gobierno, Relaciones Exteriores, Guerra, Tesoro y Hacienda.<ref name="historia"></ref>
Posteriormente se crearon otros ministerios del gabinete:<ref name="historia"/>
- Ministerio de Justicia (1890).
- Ministerio de Obras Públicas (1905).
- Ministerio de Agricultura (1913).
- Ministerio de Trabajo (1936).
- Ministerio de Minas (1940).
- Ministerio de Salud (1946).
- Ministerio de Comunicaciones (1953).
- Ministerio de Comercio Exterior (1991).
- Ministerio de Medio Ambiente (1993).
- Ministerio de Cultura (1997).
La reforma más reciente se realizó el 27 de diciembre de 2002, cuando se aprobó la ley 790 por medio de la cual se fusionaron algunos ministerios:<ref></ref>
- Ministerio del Interior y Ministerio de Justicia y del Derecho (Ministerio del Interior y Justicia).
- Ministerio de Desarrollo Económico y Ministerio de Comercio Exterior (Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia).
- Ministerio de Salud y Ministerio del Trabajo y Seguridad Social (Ministerio de la Protección Social).
Adicionalmente se cambió de nombre al Ministerio del Medio Ambiente que pasó a ser el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, pasando a cumplir algunas de las funciones del antiguo Ministerio de Desarrollo Económico. De esta manera el gabinete ministerial quedó reducido de 16 a solo 13 ministerios.<ref></ref>