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Centro de Memoria Histórica

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El Centro de Memoria Histórica es un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, que tendrá como objeto reunir y recuperar todo el material documental, testimonios orales y por cualquier otro medio relativos a las violaciones de que trata el artículo 147 de la Ley de Víctimas y restitución de Tierras. La información recogida será puesta a disposición de los interesados, de los investigadores y de los ciudadanos en general, mediante actividades museísticas, pedagógicas y cuantas sean necesarias para proporcionar y enriquecer el conocimiento de la historia política y social de Colombia.

Transición

4 puntos para entender la transición del Grupo de Memoria Histórica al Centro de Memoria Histórica:

  1. La Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (LEY 1448 DE 2011), en el capítulo dedicado a las medidas de satisfacción, incluyó la creación del CENTRO DE MEMORIA HISTÓRICA (CMH), cuyo referente obligado fue el trabajo realizado por el Grupo de Memoria Histórica (GMH) de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR) creada por la Ley de Justicia y Paz, y cuyo ciclo de labores terminó el pasado 31 de diciembre de 2011.
  2. La creación del CENTRO DE MEMORIA HISTÓRICA implica que el legislador, reconociendo la trascendencia de la función que asumió el GMH en un marco y con una vocación restringida a la producción de un informe, da un paso definitivo que le permitirá al país hacer de la reconstrucción de la verdad histórica del conflicto un propósito de largo aliento.
  3. El CMH tiene cinco funciones principales:
    1. Diseñar, implementar y administrar un Museo de la Memoria.
    2. Integrar un archivo sobre el desarrollo del conflicto y las violaciones a los derechos humanos que en desarrollo del mismo se han producido.
    3. Impulsar y promover investigación en perspectiva de contribución a la reconstrucción de la verdad histórica, asignándole la tarea de diseñar e implementar un Programa de Derechos Humanos y Memoria, cuya primera etapa está en marcha contando al efecto con el acumulado de experiencias, aprendizajes, metodologías y resultados del GMH.
    4. La reconstrucción de las memorias de aproximadamente 24.680 ex - miembros de las autodefensas que se incorporaron a los Acuerdos de Contribución a la Verdad histórica y la Reparación y se comprometieron con las víctimas y el Estado a aportar su verdad, a cambio de beneficios que para ellos definirán los respectivos jueces.
    5. Apoyar al GRUPO DE MEMORIA HISTÓRICA para que éste culmine con la tarea encomendada a través de la Ley 975 de 2005, Ley de Justicia y Paz, de entregar un informe sobre la evolución y desarrollo de los grupos armados organizados al margen de la ley que ha operado en el país.
  4. El CMH deberá cumplir la difícil tarea, en cumplimiento del deber de memoria, de propiciar las garantías y condiciones necesarias para que la sociedad, a través de sus diferentes expresiones: víctimas, academia, centros de pensamiento, organizaciones sociales y de derechos humanos, entre otras, puedan avanzar en ejercicios de reconstrucción de la verdad como aporte a la realización de ese derecho del que son titulares las víctimas y la sociedad en su conjunto, tal como lo establece el artículo 143 de la ley.

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