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Uso de Escuelas en Conflictos Armados

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La ocupación de escuelas, bajo las leyes de guerra, está prohibido por todas los actores armados en un conflicto. El marco legal aplicable a convertir las escuelas y universidades en blanco de ataque, y su uso en apoyo a un esfuerzo militar, durante los conflictos armados, se encuentra en el DIH.

Derecho Internacional Humanitario

La ley de guerra restringe hacer una escuela o una universidad en un blanco, y el uso de ellas como un apoyo a un esfuerzo militar, pero no prohibe tal uso en todas circunstancias y permite convertirlas en blanco cuando se vuelven objetivos militares.

Las escuelas y las universidades son normalmente objetos civiles y, como tal, no deben ser objeto de ataque menos que vuelven objetos militares legítimos.<ref>Protocol Additional to the Geneva Conventions of 12 August 1949, and relating to the Protection of Victims of International Armed Conflicts (“Additional Protocol I”), art. 52(1). This rule is also part of customary law for international and non-international armed conflicts. See Jean-Marie Henckaerts and Louise Doswald-Beck, Customary International Humanitarian Law: Rules, vol. 1, International Committee of the Red Cross (”ICRC Customary IHL Study”), rule 9 and 10.</ref>

La ley de guerra requiere que las partes de un conflicto toman precauciones contra los efectos de un ataque. Hasta donde estos sean objetos civiles, las partes al conflicto deben, hasta donde se puede:

  1. evitar ubicar objetivos militares cerca áreas pobladas en donde las escuelas y universidades normalmente están ubicadas
  2. intentar remover la población civil, civiles individuales y objetos civiles bajo su control de la vecindad de los objetivos militares
  3. tomar otras precauciones necesarias para proteger estas escuelas y universidades bajo su control contra los peligros que resultan de las operaciones militares<ref>Additional Protocol I, art. 58(a), (b), and (c). These rules are also part of customary law for international and non-international armed conflicts. See ICRC Customary IHL Study, rules 22-24. See also: ICTY, Kupreskic case, Judgment, Trial Chamber, 14 January 2000, §§524-525.</ref>

Volviendo una escuela o una universidad a un objetivo militar (por ejemplo, utilizandolo para que tropas duermen) lo sujeta a posibles ataques del enemigo que pueden ser permisibles bajo la ley de guerra. Ubicando los objetivos militares (un almacen de armas, por ejemplo) cerca de una escuela o una universidad también aumenta el riesgo que sufrirá daños incidentales de un ataque contra los objetivos militares cercanos que pueden ser legales en un conflicto armado.

Las escuelas y universidades consideradas de gran importancia a la herencia cultural de un pueblo tienen protección adicional bajo la Convención de la Haya para la Protección de Propiedad Cultural en el Evento de un Conflicto Armado de 1954 y su Segundo Protocolo de 1999, además por reglas correspondientes de la ley customario. En particular, el uso de estas instituciones educativa para propositos que los expongan a destrucción o daño está prohibido, menos que está imperitivamente requerido por necesidad militar.<ref>1954 Hague Convention for the Protection of Cultural Property in the Event of Armed Conflict, art. 4(1), and ICRC Customary IHL Study, rule 39.</ref>

En casos inusuales, esas instituciones educativas pueden ser caracterizadas como de gran importancia a la herencia cultural o espiritual de un pueblo, y gozan de otras protecciones bajo las Convenciones de Ginebra.<ref>Additional Protocol I, art. 53(1), and Protocol Additional to the Geneva Conventions of 12 August 1949, and relating to the Protection of Victims of Non-International Armed Conflicts (“Additional Protocol II”), art. 16.</ref> Esto sería el caso cuando, por ejemplo, las escuelas o las universidades están ubicados dentro de edificios con una importancia cultural o de herencia, en cual caso el uso de estas instituciones es prohibido, igual que ataques contra ellos.

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