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Catastro

De iMMAP-Colombia Wiki

El catastro (derivado de la voz griega κατάστιχον, ‘registro’) inmobiliario es un registro administrativo dependiente del Estado en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Entre las características del catastro podemos encontrar que es un registro estadístico para determinar la extensión geográfica y riqueza de alguna demarcación y que en materia hacendaria es un apoyo para determinar el cobro de las imposiciones del estado, según lo manifestado en los registros.

Antecedentes

En la Roma Antigua se instauró por el rey Servio Tulio el Census Romano, con el propósito principal imponer el Tributum soli (Tributo a la Propiedad), que básicamente era la contribución al reino que pagaban "por cabeza" los nobles y terratenientes según el patrimonio inmobiliario que poseían.

Se entendía, y se entiende aún, por catastro el registro de los bienes inmuebles (ubicación, dimensiones y uso) y sus propietarios, que se utiliza para establecer el monto de la contribución que se impone sobre los bienes inmuebles según su producción, su renta o su valor, y derechos como servidumbres e hipotecas.

Se guardan registros del uso de este tipo de registros en Babilonia y Grecia donde se utilizaba como base impositiva, también en Egipto donde aparte de la función impositiva se lo utilizaba como reserva de datos de las dimensiones y ubicaciones de las parcelas para el replanteo de las mismas luego de las cíclicas crecidas del Nilo.

Otro ejemplo de catastro es el Domesday Book, creado por Guillermo I de Inglaterra, "El conquistador", utilizado para conocer los recursos de su reino.

Actualidad

El concepto actual de catastro se basa en tres finalidades que le dan sustento, las cuales son:

  1. Dar una base para el planeamiento urbano y rural.
  2. Calcular el monto de las contribuciones como el impuesto inmobiliario.
  3. Guardar la seguridad jurídica del derecho de propiedad a través de la aprobación y archivo de las mensuras, que son la base de las escrituras de traslación y dominio.

A su vez para cumplir con los tres elementos anteriores el catastro está dividido en tres secciones:

  1. Catastro Fiscal: Fija por medio del avalúo fiscal el valor de los bienes a fin de imponerle una contribución proporcional.
  2. Catastro Jurídico: El cual contempla la relación entre el propietario o sujeto activo y la propiedad u objeto y la comunidad o sujeto pasivo.
  3. Catastro Geométrico: Encargado de la medición, subdivisión, representación y ubicación del bien.

Concepto básico

No existe un único concepto del catastro. La definición que más se aproxima es: “El Catastro es un inventario de la totalidad de los bienes inmuebles de un país o región de éste, permanente y metódicamente actualizado mediante cartografiado de los límites de las parcelas y de los datos asociados a ésta en todos sus ámbitos.”

De ahí podemos establecer algunos elementos esenciales:

  • Es un inventario o registro público; al servicio no sólo de las distintas Administraciones sino del ciudadano y de la sociedad en general. Permite la consulta y certificación de los datos.
  • Global, de todos los bienes inmuebles de un determinado ámbito territorial.
  • Actualizado. El Catastro tiene como objeto material el bien inmueble, la realidad física.
  • Contiene información relativa a esos bienes inmuebles: datos gráficos (cartografía parcelaria y croquis catastral) y alfanuméricos (físicos, económicos y jurídicos).

Soporte de múltiples aplicaciones fiscales y económicas. Es un sistema de información del territorio rápido, fácil y eficaz.

Valoración

Los actos resultantes de estos procedimientos de incorporación deben ser motivados.

La formación y mantenimiento del Catastro, así como la difusión de la información catastral, es de competencia exclusiva del Estado. Estas funciones, que comprenden, entre otras, la valoración, la inspección y la elaboración y gestión de la cartografía catastral, se ejercerán por la Dirección General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración que se establezcan con las diferentes Administraciones, entidades y corporaciones públicas, salvo la coordinación de valores y la de aprobación de las ponencias de valores que deben ser ejercidas en todo caso por la Dirección General del Catastro.

Referencia catastral

Los bienes inmuebles tienen asociado un identificador único y obligatorio en el catastro, denominado "referencia catastral".

Catastro en Colombia

La Subdirección de Catastro del IGAC en Colombia asesora y propone a la Dirección General y a las instancias pertinentes, las políticas, reglamentos, planes, programas, proyectos y procesos para la producción, actualización y mantenimiento de información, productos y servicios catastrales del país.

Recopila, evalúa y consolida en el Sistema de Información Catastral (SIC) la información resultante de las actividades catastrales del país. Igualmente Produce, actualiza, custodia, preserva y documenta los procesos de formación, actualización de la formación, conservación del catastro y avalúos en 915 de los 1101 municipios del país.

Adicional al IGAC, muchos municipios manejan su propio catastro, con algunas ciudades como Bogotá, D.C. manejando un registro catastral muy moderno.

Durante la negociación de los Acuerdos de la Habana, entre los temas principales por negociar fue el catastro rural. A diferencia de muchas zonas urbanas del país, el catastro rural está desactualizada. Según los estimados del mismo IGAC, 27% de la área rural queda sin información catastral, incluyendo el territorio total de unos 80 municipios.

Catastro multipropósito

El vigente plan nacional de desarrollo 2014-2018 (ley 1753 de 2015<ref>Ley 1753 de 2015</ref>, art.104) trazó como meta promover “la implementación del catastro nacional con enfoque multipropósito”. En cumplimiento de esta norma, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) asumió el liderazgo y en consecuencia preparó el documento Conpes 3859 de 2016<ref>[http://camacol.co/juridico/conpes-dnp-nacional-3859-de-2016 CONPES 3859 de 2016</ref>, por el cual adoptó la política para reformular el catastro.

Véase también

Referencias

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Bibliografía

  • Colín Sánchez, G.: Procedimiento Registral de la Propiedad. Editorial Porrúa. 3ª Edición. México 1985

Enlaces externos

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