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Ataque contra la Población Civil

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La categoría de ataques contra la población civil entre el sistema de categorías del módulo de eventos de conflicto del módulo de eventos de conflicto del SIDIH, incluye las siguientes subcategorías:

  • Homicidio intencional en persona protegida: es un atentado contra personas protegidas, perpetrado por particulares o grupos subversivos, en el cual se ataca a un objetivo militar específico, como son: personas civiles, combatientes que quedan por fuera de la posibilidad de combatir por su condición de heridas, enfermedad, naufragio o que se encuentran privadas de la libertad a causa del conflicto armado interno, y personas que gozan de una protección especial debajo de las normas del DIH, ocasionando la muerte intencional de dicha persona. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 27-28)
  • Herida intencional en persona protegida: es un atentado contra personas protegidas, perpetrado por particulares o grupos subversivos, en el cual se ataca a un objetivo militar específico, como son: personas civiles, combatientes que quedan por fuera de la posibilidad de combatir por su condición de heridas, enfermedad, naufragio o que se encuentran privadas de la libertad a causa del conflicto armado interno, y personas que gozan de una protección especial debajo de las normas del DIH, ocasionando la herida intencional de dicha persona. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 28)
  • Homicidio político: es un ataque perpetrado por particulares o grupos no identificados contra personas que desmpeñan cargos políticos o ideológicos, o se posicionan para realizar actividades de ésta indole, ocasionándoles la muerte, con el fin de que cesan el ejercicio de sus funciones.(CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 14)
  • Muerte de civil en acción bélica: es la privación de la vida a un civil, en éste caso, difiere del homicidio intencional en persona protegida, en cuanto a que, la muerte se genera por un ataque indiscriminado, en el cual no se puede definir cual es el objetivo militar o blanco del ataque, perpetrado por un actor específico del conflicto. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 29)
  • Herida de civil en acción bélica: es la lesión de un civil, generada por un ataque indiscrimnado, perpetrado por un actor específico del conflicto. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 29)
  • Atentado: es un acto intencional y directo, dirigido a causar la muerte o daños graves y permanentes a un civil, pero del cual el objetivo sale intacto y sin ningún perjuicio. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 14)
  • Secuestro: es la retención o privación de la libertad de un civil por parte de un grupo armado ilegal, con el objetivo de pedir un monto de dinero por la entrega de la misma, y utilizarlo para financiar sus operaciones. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 14)
  • Toma de rehenes: es la acción de capturar personas a la fuerza, considerándolas como una prenda o un respaldo para el acatamiento de exigencias, el respeto de normas establecidas o el cumplimiento de acuerdos entre el captor y el negociador. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág.28)
  • Uso de civil como escudo: es la utilización de civiles para cubrir o favorecer operaciones militares en zonas o lugares específicos, con el fin de garantizar el éxito de la maniobra e impedir que el contrincante descubra la estrategia del ataque. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 28)
  • Amenazas (individuales/colectivas): es un acto de intimidación encaminado al deterioro de la estabilidad emocional y psíquica de una persona, motivado por particulares o grupos insurgentes o estatales, que ponen en alta probabilidad de riesgo, o de ataque, a la persona o su familia. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 14)
  • Tortura: es el trato cruel, inhumano o degradante que inflinge un grave dolor físico o psicológico, debido a los métodos e instrumentos utilizados, con el fin de obtener información o propocionar un castigo; es perpetrado por particulares, grupos insurgentes o estatales en contra de la integridad personal. (CINEP y Justicia y Paz; 1996, Pág. 28)
  • Masacre: es el asesinato indisriminado y directo de un grupo de civiles, con el objetivo de infundir pánico o terror en la población, perpetrado por grupos insurgentes o estatales.
  • Desaparición forzada: Según la Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de 1993, "es la privación de la libertad de una persona, cualquiera que fuera su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa de reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes”.