Diferencia entre revisiones de «Persona protegida»
De iMMAP-Colombia Wiki
(Página creada con 'Una '''persona protegida''' es una persona concedida estátus especial debajo de las Convenciones de Ginebra entre el Derecho Internacional Humanitario. De acuerdo a la…') |
|||
(No se muestran 3 ediciones intermedias del mismo usuario) | |||
Línea 1: | Línea 1: | ||
Una '''persona protegida''' es una persona concedida estátus especial debajo de las [[Convenciones de Ginebra]] entre el [[Derecho Internacional Humanitario]]. | Una '''persona protegida''' es una persona concedida estátus especial debajo de las [[Convenciones de Ginebra]] entre el [[Derecho Internacional Humanitario]]. | ||
− | De acuerdo a la [[ | + | De acuerdo a la [[Cuarta Convención relativa a la Protección de Civiles en Tiempo de Guerra]] de 1949, el artículo 4 define una persona protegida. |
Según este artículo, existen dos tipos de [[civiles]] para quien una protección debe ser concedida frente a acciones arbitrarias por parte del enemigo en tiempo de [[guerra]]: | Según este artículo, existen dos tipos de [[civiles]] para quien una protección debe ser concedida frente a acciones arbitrarias por parte del enemigo en tiempo de [[guerra]]: | ||
Línea 11: | Línea 11: | ||
#nacionales de un estado neutral o co-beligerante, con tal que existe representación diplomática normal con el estado en que residen | #nacionales de un estado neutral o co-beligerante, con tal que existe representación diplomática normal con el estado en que residen | ||
− | En otras palabras, existen dos clases amplias de una persona protegida: #''nacionales enemigos'' entre el territorio nacional de cada parte del conflicto y #''la población entera'' de los territorios ocupados (excluyendo los nacionales del poder ocupante). | + | En otras palabras, existen dos clases amplias de una persona protegida: |
+ | #''nacionales enemigos'' entre el territorio nacional de cada parte del conflicto y | ||
+ | #''la población entera'' de los territorios ocupados (excluyendo los nacionales del poder ocupante). | ||
==Protecciones que deben ser acordados a personas protegidas== | ==Protecciones que deben ser acordados a personas protegidas== | ||
Toda persona protegida debe ser: | Toda persona protegida debe ser: | ||
− | *tratado humanamente | + | *tratado [[humanamente]] |
*cuidado, si enfermo o herido | *cuidado, si enfermo o herido | ||
*permitido acceso a los representantes del [[poder protector]] (un estado neutral responsable para salvaguardar el interés de una parte del conflicto) o el [[Comité Internacional de la Cruz Roja]] (CICR), u otro cupero calificado e imparcial. | *permitido acceso a los representantes del [[poder protector]] (un estado neutral responsable para salvaguardar el interés de una parte del conflicto) o el [[Comité Internacional de la Cruz Roja]] (CICR), u otro cupero calificado e imparcial. | ||
Línea 21: | Línea 23: | ||
Una persona protegida '''no''' puede ser: | Una persona protegida '''no''' puede ser: | ||
*atacado | *atacado | ||
− | *asesinado | + | *[[asesinado]] |
*mutilado | *mutilado | ||
*[[torturado]] | *[[torturado]] | ||
*usado en experimentos médicos o científicos | *usado en experimentos médicos o científicos | ||
− | *[[ | + | *tomado como [[rehén]] |
*humillado o degradado | *humillado o degradado | ||
*ejecutado sin un juicio regular | *ejecutado sin un juicio regular | ||
Línea 32: | Línea 34: | ||
==Links Externos== | ==Links Externos== | ||
− | [http://www.icrc.org/ihl.nsf/COM/380-600007?OpenDocument Convention (IV) relative to the Protection of Civilian Persons in Time of War. Geneva, 12 August 1949.] | + | *[http://www.icrc.org/ihl.nsf/COM/380-600007?OpenDocument Convention (IV) relative to the Protection of Civilian Persons in Time of War. Geneva, 12 August 1949.] |
− | [http://helid.desastres.net/en/d/Jh0191e/7.html Basic Rules of International Humanitarian Law] | + | *[http://helid.desastres.net/en/d/Jh0191e/7.html Basic Rules of International Humanitarian Law] |
+ | |||
+ | [[Categoría:Taxonomía]][[Categoría:Leyes de Guerra]] |
Revisión actual del 11:32 31 ago 2010
Una persona protegida es una persona concedida estátus especial debajo de las Convenciones de Ginebra entre el Derecho Internacional Humanitario.
De acuerdo a la Cuarta Convención relativa a la Protección de Civiles en Tiempo de Guerra de 1949, el artículo 4 define una persona protegida.
Según este artículo, existen dos tipos de civiles para quien una protección debe ser concedida frente a acciones arbitrarias por parte del enemigo en tiempo de guerra:
- personas de la nacionalidad enemiga viviendo en el territorio del estado beligerante
- habitantes de territorios ocupados
Sin embargo, se entiende que las siguientes categorías de personas están excluidas:
- nacionales de un estado que no ha firmado la Convención
- nacionales de un estado neutral o co-beligerante, con tal que existe representación diplomática normal con el estado en que residen
En otras palabras, existen dos clases amplias de una persona protegida:
- nacionales enemigos entre el territorio nacional de cada parte del conflicto y
- la población entera de los territorios ocupados (excluyendo los nacionales del poder ocupante).
Protecciones que deben ser acordados a personas protegidas
Toda persona protegida debe ser:
- tratado humanamente
- cuidado, si enfermo o herido
- permitido acceso a los representantes del poder protector (un estado neutral responsable para salvaguardar el interés de una parte del conflicto) o el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), u otro cupero calificado e imparcial.
Una persona protegida no puede ser:
- atacado
- asesinado
- mutilado
- torturado
- usado en experimentos médicos o científicos
- tomado como rehén
- humillado o degradado
- ejecutado sin un juicio regular
- discriminado por cuenta de raza, religión, sexo, condición de nacimiento o riqueza
- hecho víctima de represalias